
¿Te has fijado en la foto de arriba? ¿Te suena este logotipo?

Seguro que sí, y si no es así te doy 5 minutos para que des una vuelta por tu casa y luego sigas leyendo. ¿Ya?, perfecto.
Si has dado una vuelta buscando esta marca por casa la puedes haber encontrado en electrodomésticos, herramientas, juguetes, ordenadores, etc.
En esta entrada te voy a contar de qué va esto del marcado CE de productos de construcción y cómo debes implementarlo en caso de ser un fabricante o importador de algún producto afectado por esta regulación.
Lo que te voy a contar en esta entrada es lo siguiente:
Introducción general al marcado CE
Las siglas CE significan «Conformité Européenne» y representan una marca europea de conformidad para ciertos productos.
Estas regulaciones europeas tienen un doble objetivo:
- Protección de las personas y del medio ambiente.
- Libertad de comercio en el ámbito de la Unión Europea.
Existen regulaciones relativas a marcado CE que aplican a diversos productos:

En el momento en el que el fabricante fija la marca CE sobre el producto, está declarando que el producto se ajusta a los requerimientos establecidos en la legislación específica aplicable y que puede ser comercializado sin restricciones dentro de la UE. Los productos con marcado CE pueden fabricarse en cualquier país (dentro o fuera de la UE) siempre que cumplan con la normativa aplicable.
El marcado CE es obligatorio para productos para los que exista una directiva de nuevo enfoque, está prohibido usar marcado CE en otros productos.
El logotipo CE está regulado en dimensiones, proporciones, separación entre caracteres, etc. en la Directiva 93/68/CEE del Consejo de 22 de Julio de 1993.
- El marcado “CE” de conformidad estará compuesto de las iniciales “CE” diseñadas de la siguiente manera:

- En caso de reducirse o aumentarse el tamaño del marcado “CE”, deberán conservarse las proporciones de este logotipo.
- Los diferentes elementos del marcado “CE” deberán tener una dimensión vertical apreciablemente igual que no será inferior a 5 mm.
Marcado CE de productos de la construcción
El Reglamento Europeo de Productos de Construcción (UE) Nº 305/2011 es la normativa comunitaria relativa al marcado CE para este tipo de productos. Este reglamento sustituye a la antigua Directiva 89/106/CEE del Consejo que se había traspuesto al marco normativo español por Real Decreto 1630/1992.
Este reglamento está orientado a productos destinados a incorporarse de manera permanente a obras de construcción. Tiene por objeto fijar condiciones para la introducción en el mercado o comercialización de dichos productos, estableciendo reglas armonizadas sobre como expresar las prestaciones de los productos de construcción en relación con sus características esenciales y sobre el uso del marcado CE en dichos productos.
La norma busca que los productos ofrezcan prestaciones coherentes con los requisitos básicos exigibles a las obras de construcción:
- Resistencia mecánica y estabilidad
- Seguridad en caso de incendio
- Higiene, salud y medio ambiente
- Seguridad y accesibilidad de utilización
- Protección contra el ruido
- Ahorro de energía y aislamiento térmico
- Utilización sostenible de los recursos naturales
Como ves los requisitos exigibles buscan garantizar la seguridad de las personas y la preservación del medio ambiente que, como te indicaba en el punto anterior, son los objetivos básicos del marcado CE junto con la libre comercialización. Esos requisitos también te pueden sonar a la normativa básica aplicable a proyectos en España – el Código Técnico de la Edificación, que tiene igualmente un enfoque prestacional y pretende garantizar las mismas características.
El RPC se aplica de manera general a todos los productos, pero la aplicación práctica de los requisitos a cada producto se desarrolla de manera concreta a través de las distintas normas armonizadas. Las normas armonizadas de productos de la construcción se desarrollan en el seno del Comité Europeo de Normalización (CEN) y se publican como EN XXXXX. La versión española de esas normas la publica UNE (https://www.aenor.com/normas-y-libros/buscador-de-normas) con denominación UNE-EN XXXXX. En todo caso, es importante tener claro que la denominación oficial es la EN y que desde la publicación de la versión europea y su inclusión en el listado de normas armonizadas empiezan a caminar los plazos (mi primera auditoría de la 1090-1 fue sobre la versión en inglés). También hay que tener en cuenta que las normas armonizadas se aplican a un producto pero para un determinado uso: podemos fabricar un producto (p.e. una placa de hormigón prefabricada) con dos posibles usos (forjados y cerramientos) y en ese caso el producto debe disponer de marcado CE de acuerdo a dos normas armonizadas distintas (una por uso).
Cuando se aprueba una norma armonizada, el marcado CE empieza a ser exigible para el producto al que afecte. Desde la publicación se establece un período de aplicación voluntaria (normalmente 1 o 2 años) finalizado el cual, el marcado CE es exigible y no se puede comercializar un producto que no disponga de él. Periódicamente se va actualizando el listado de normas armonizadas para incorporar nuevos productos o para revisar normas antiguas.
El listado vigente de normas y períodos de aplicación lo puedes localizar fácilmente en la web específica de la Comisión Europea relativa a marcado CE. En esa misma página puedes encontrar mucha más información relativa al RPC 305/2011: organismos notificados, organismos de evaluación técnica europea, etc. Si aún no existe una norma armonizada para el producto que fabrico, el marcado CE no es exigible, pero lo puedo obtener de manera voluntaria a través de una Evaluación Técnica Europea (ETE) realizada por un Organismo de Evaluación Técnica (OET). Este post se centra en el marcado CE vía normas armonizadas por ser el sistema más extendido.
Productos afectados
Como te adelantaba en el punto anterior, el RPC 305/2011 se aplica a productos destinados a incorporarse de manera permanente a las obras de construcción.
Esa definición es muy amplia y el listado completo de productos sería interminable (el listado completo que puedes localizar en esta web (https://ec.europa.eu/growth/single-market/european-standards/harmonised-standards/construction-products_en) incluye a día de hoy 606 normas). Hablamos de productos que van desde los productos constituyentes del hormigón, hasta los materiales de acabados e instalaciones, pasando por bloques, prefabricados de hormigón, componentes estructurales metálicos, etc. y en aplicaciones de edificación u obra civil y para cualquier uso.
Te relaciono a continuación algunas familias de productos para que te hagas una idea:
Columnas y báculos de alumbrado | Cales / Pigmentos |
Sistemas de detección, alarma, protección, lucha y control de incendios. | Fábricas de albañilería |
Sistemas de control de humos y calor | Aditivos |
Herrajes para edificación / Ventanas / puertas y Fachadas ligeras | Morteros y áridos |
Cementos / adiciones al hormigón / Sistemas reparación estructuras | Productos prefabricados de hormigón |
Sistemas de contención de vehículos | Chimeneas/Tubos radiantes/Generadores aire caliente |
Señalización vial y equipos control de tráfico | Aceros / Electrodos / Pernos / Aluminio |
Estructuras de madera, tableros y suelos de madera | Barreras geosintéticas/Geotextiles/Láminas Impermeabilización |
Mezclas bituminosas | Estructuras de madera |
Chimeneas | Sistemas de protección y reparación de estructuras/Adhesivos |
Vidrios | Tanques de acero |
Tubos y accesorios metálicos para conducciones de gas y agua, y radiadores | Apoyos estructurales y dispositivos antisísmicos |
Cubiertas, techos y paredes | Albañilería |
Aislantes térmicos | Productos de yeso |
¿Cómo puedo saber si a un determinado producto le aplica el marcado CE con carácter obligatorio o no?
Lo que debes hacer en estos casos es localizar la norma armonizada en el enlace anterior (https://ec.europa.eu/growth/single-market/european-standards/harmonised-standards/construction-products_en) y verificar la fecha inicial y final del periodo de coexistencia:

Si la fecha de final del periodo de coexistencia (segunda columna) ya se ha superado, el marcado CE es obligatorio. Ten presente que eso afecta a la fabricación, comercialización, importación y también al uso de ese producto en una obra y que de esos incumplimientos se pueden derivar sanciones administrativas y responsabilidades civiles e incluso penales.
Sistemas de evaluación y verificación de la constancia de prestaciones
La implementación de los requisitos de marcado CE varían de un producto a otro. Dentro de cada reglamento se establecen los distintos sistemas aplicables en función del tipo de producto.
La norma general es que aquellos productos de mayor responsabilidad requieran procedimientos más garantistas, implicando la participación de algún organismo notificado aparte del fabricante.
En el caso del Reglamento de Productos de la Construcción (RPC 305/2011) se establecen en el anexo V los distintos sistemas aplicables: 1, 1+, 2+, 3 y 4.
En este caso concreto, el sistema 1+ sería el más complejo (aplicable a aquellos productos de mayor responsabilidad) y el sistema 4 es el más sencillo, que implica sólo al fabricante y que se suele denominar de “autodeclaración”. En los sistemas 1, 1+ y 2+ nos vamos a encontrar habitualmente productos con responsabilidad estructural, requerimientos de resistencia frente al fuego, etc. En el siguiente diagrama tienes un esquema visual de qué le toca hacer a cada agente en cada tipo de sistema.

Ahora me dirás: “Perfecto, lo pillo, pero, ¿qué sistema debo aplicar para mi producto?”
Una vez más, la respuesta está en la norma armonizada. La norma armonizada es la particularización del RPC 305/2011 a un determinado producto.
A continuación te extracto datos de normas armonizadas sacados de listado publicado en el BOE.

Como puedes ver en el ejemplo anterior, para la norma UNE-EN 1096-4:2005, los posibles sistemas de evaluación y verificación de la constancia de prestaciones, serían 1, 3 y 4; dependiendo de los usos y prestaciones a declarar.
Para la norma UNE-EN 771-3:2011+A1:2016 – bloques de hormigón, los posibles sistemas de evaluación y verificación de la constancia de prestaciones aplicable a este producto son: 2+/4. Aplicaremos sistema 2+ para bloques con responsabilidad estructural y el sistema 4 para bloques sin esa responsabilidad.
En cada norma armonizada el anexo correspondiente indicará el método que se debe seguir en función del uso previsto, prestaciones declaradas, etc.
Organismos notificados
En el apartado anterior introduje el agente organismo notificado, que como viste tiene responsabilidades relativas al marcado CE en cuatro de los cinco sistemas de evaluación.
En el RPC 305/2011 se prevén tres funciones distintas para los organismos notificados que de algún modo implican una subdivisión de este tipo de organismos. Hablaremos de:
- organismo de certificación de producto: organismo notificado, gubernamental o no gubernamental, con la competencia y la responsabilidad necesarias para llevar a cabo una certificación de producto con arreglo a unas normas de procedimiento y de gestión dadas.
- organismo de certificación del control de producción en fábrica: organismo notificado, gubernamental o no gubernamental, con la competencia y la responsabilidad necesarias para llevar a cabo una certificación del control de producción en fábrica, con arreglo a unas normas de procedimiento y de gestión dadas;
- laboratorio de ensayos: laboratorio notificado que mide, examina, ensaya, calibra o determina por otros medios las características o las prestaciones de los materiales o de los productos de construcción.
Estos organismos deben evidenciar su competencia técnica y completar el proceso de notificación. Una vez autorizado, cada organismo notificado tiene un código que se incluye en todos los certificados que emita y al que debe hacer mención la documentación del fabricante. Es importante destacar que los laboratorios de ensayos previstos en el punto 3, no hacen referencia a cualquier laboratorio y no deben confundirse con los laboratorios de autocontrol que realizan ensayos dentro del sistema de control de producción en fábrica. Para verificar si un organismo puede desempeñar estas funciones podemos, una vez más, recurrir a la web específica de la Comisión Europea (https://ec.europa.eu/growth/tools-databases/nando/index.cfm?fuseaction=directive.notifiedbody&dir_id=33).
Proceso de implementación del Marcado CE
A lo mejor has llegado hasta aquí buscando información porque tienes un producto afectado por una norma armonizada y quieres saber qué pasos debes dar para poder colocar esta marca sobre tu producto. Las etapas de este proceso son las siguientes:

Tenemos que identificar el producto claramente y cual es el uso que se le va a dar: no es lo mismo una placa alveolar para usar en un forjado que para usar en un muro o como elemento de contención. Podemos tener distintas normas para cada uso.
Al localizar la norma armonizada debemos verificar que las tipologías de producto previstas coinciden con nuestro producto. En el anexo ZA de cada norma veremos cuáles son las características esenciales a declarar para ese producto y cuál es el sistema de evaluación y verificación de constancia de prestaciones (EVCP) que tenemos que aplicar en función de las prestaciones a declarar. Se debe prestar atención también a la posible existencia de requisitos específicos en la normativa nacional de los países donde queremos comercializar nuestro producto.
A la hora de acometer las tareas que debemos abordar en cada sistema de EVCP tenemos que pensar en nuestras responsabilidades directas como fabricante y también en las posibles funciones que debemos asignar a algún organismo notificado. Las funciones a acometer son las siguientes:
- Determinación del “producto tipo”: consiste en definir las prestaciones que pretendemos que nuestro producto cumpla de manera confiable. Las determinamos a partir de unos ensayos iniciales de tipo o unos cálculos iniciales de tipo.
- Implementar un sistema de control de producción en fábrica: salvando las distancias es como una ISO 9001 pero centrada en los aspectos de fabricación. Cada norma armonizada establece unas directrices para ese sistema de CPF. Hablaré con detalle del sistema de control de producción en fábrica en alguna entrada próxima. Los elementos básicos serían:
- Organización
- Control de documentos
- Control de materias primas
- Control de competencia del personal
- Control de infraestructura – equipos
- Control del proceso
- Inspección y ensayo (aquí se suelen requerir ensayos de autocontrol).
- Producto no conforme
- Envasado / transporte
- Productos no conformes
- Inspección inicial de planta y del CPF, inspecciones periódicas del sistema de CPF. Estas son funciones del organismo notificado. El fabricante deberá contratar un organismo notificado competente para ese producto y seguir sus indicaciones.
- Elaborar documentación técnica y documentación para el cliente. Los documentos básicos para el cliente son la declaración de prestaciones y el marcado CE. En alguna entrada próxima hablaré con detalle de la documentación del marcado CE.
- Marcar el producto. Si el producto lo permite, lo etiquetaremos con la información requerida en el reglamento y la norma armonizada. Si no es posible (p.e. áridos) facilitaremos esa información en la documentación de suministro.
Muchos fabricantes implementan y certifican un sistema de gestión de calidad ISO 9001 cuando tienen que implementar marcado CE: el marcado CE es un requisito legal e ISO 9001 puede ser un argumento comercial. Al tener bastantes elementos comunes puede ser interesante ir un poco más allá del marco obligatorio. Al igual que con ISO 9001, es posible contar con apoyo de algún consultor para implementar el sistema de CPF, pero es crítico contar con un consultor con conocimientos y experiencia en este campo, porque es bastante complejo.
Conclusiones
Enhorabuena si has llegado hasta aquí. Como ves el marcado CE de productos de la construcción es un tema bastante complejo y extenso, esta entrada es sólo una introducción e iré profundizando en algunos aspectos en próximas entradas. Lo más relevante que hemos visto hasta ahora es:
- El marcado CE de un producto sólo es obligatorio si existe norma armonizada y se ha agotado el período de coexistencia.
- Se puede obtener marcado CE de forma voluntaria vía Evaluación Técnica Europea.
- Es crítico asegurarnos de que el Organismo Notificado elegido realmente está capacitado.
- Combinar ISO 9001 con la implementación de un sistema de CPF puede ser una buena opción desde el punto de vista comercial.
- Decide bien cómo vas a implementar el sistema de CPF: personal propio o consultor externo. ¡Elige con mucho cuidado al consultor!
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